Deberes y derechos del ser humano

Según la UNICEF os derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos. Estos derechos rigen la manera en que los individuos viven en sociedad y se relacionan entre sí, al igual que sus relaciones con el Estado y las obligaciones del Estado hacia ellos.

Las leyes relativas a los derechos humanos exigen que los gobiernos hagan determinadas cosas y les impide hacer otras. Las personas también tienen responsabilidades; así como hacen valer sus derechos, deben respetar los derechos de los demás. Ningún gobierno, grupo o persona individual tiene derecho a llevar a cabo ningún acto que vulnere los derechos de los demás.

Universalidad e inalienabilidad

Los derechos humanos son universales e inalienables. En todas partes del mundo, todas las personas tienen derecho a ellos. Nadie puede renunciar voluntariamente a sus derechos. Y nadie puede arrebatárselos a otra persona.

 

Indivisibilidad

Los derechos humanos son indivisibles. Ya sean civiles, políticos, económicos, sociales o culturales, son inherentes a la dignidad de todas las personas. Por consiguiente, todos comparten la misma condición como derechos. No hay derechos “pequeños”. En los derechos humanos no existen jerarquías.

 

Interdependencia e interrelación

El cumplimiento de un derecho a menudo depende, total o parcialmente, del cumplimiento de otros derechos. Por ejemplo, el ejercicio efectivo del derecho a la salud puede depender del ejercicio efectivo del derecho a la educación o a la información.

Igualdad y no discriminación

Todas las personas son iguales como seres humanos y en virtud de su dignidad intrínseca. Todas las personas tienen derecho al disfrute de sus derechos humanos, sin discriminación alguna a causa de su raza, color, género, origen étnico, edad, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, discapacidad, posición económica, circunstancias de su nacimiento u otras condiciones que explican los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.

 

Participación e inclusión

Todas las personas y todos los pueblos tienen derecho a contribuir, disfrutar y participar activa y libremente en el desarrollo civil, político, económico, social y cultural, a través de lo cual los derechos humanos y las libertades fundamentales pueden hacerse efectivos.

 

Rendición de cuentas y Estado de Derecho

Los Estados y otros garantes de derechos deben respetar las normas y los principios jurídicos consagrados en los instrumentos de derechos humanos. Cuando no lo hacen, los titulares de derechos que han resultado perjudicados tienen derecho a entablar un proceso ante un tribunal competente u otra instancia judicial, en busca de una reparación apropiada, y de conformidad con las normas y los procedimientos previstos en la ley.

Los deberes

Los deberes son las obligaciones que debemos cumplir. Se ha hecho muy común hablar y plantear cuestiones respecto de los derechos humanos, lo cual está muy bien, pero es mucho mejor completar los planteamientos humanos recordando con toda claridad que los derechos y los deberes son correlativos y que la perfección humana más corresponde a quienes cumplen bien sus deberes, que no solo a quienes piensan en sus derechos y soslayan el cumplimiento de sus deberes.

En palabras del recordado papa Juan XXIII: “…aquellos que al reivindicar sus derechos se olvidan de sus deberes o no les dan la conveniente importancia, se asemejan a los que deshacen con una mano lo que hacen con la otra”

Quien habla a las personas, solo de sus derechos, y olvida sus deberes es un demagogo.

El siguiente es el catálogo de los deberes humanos del costarricense:

1. Observar la Constitución.

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2. Cumplir las leyes

3. Servir a la patria.

4. Defender la patria.

5. Contribuir para los gastos públicos.

6. Dar nombre, trato y fama a los hijos.

7. Honrar a los padres.

8. Trabajar para el provecho de uno mismo, de su familia y de la sociedad.

9. Conocer y usar debidamente el español.

10. Cursar la enseñanza general básica.

11. Ejercer el sufragio.

12. Conservar la vida y vivir dignamente.

13. Comportarse fraternalmente con el prójimo.

14. Usar sabiamente su libertad y procurar responsablemente su seguridad.

15. Defender sus derechos sin abusar del derecho.

16. Vivir sin privilegios que signifiquen menoscabo de la dignidad humana.

17. Decir la verdad.

18. Respetar la propia intimidad, la familiar y la del prójimo.

19. Proteger al perseguido injustamente.

20. Socorrer al necesitado, herido, abandonado o expuesto a peligros.

21. Tomar estado civil con toda responsabilidad.

22. Guardar fidelidad al cónyuge.

23. Educar a los hijos y preparar su porvenir.

24. Usar de los bienes muebles e inmuebles con la debida responsabilidad.

25. Edificar al prójimo de palabra y obra.

26. Cultivar la justicia y la fraternidad en toda ocasión de relación con los demás.

27. Usar el tiempo con sabiduría, tanto en horas de trabajo como en las de descanso.

28. Ahorrar cuando se tienen ingresos, para el futuro y, en particular, para la vejez.

29. Ser generoso con los niños, madres, ancianos y desvalidos.

30. No esperarlo todo de los demás, mucho menos del Estado, sino ser el primer responsable de su existencia.

31. Adquirir una sólida cultura personal a lo largo de toda su vida: aprender desde la edad del uso de la razón hasta la hora del tránsito a la otra vida.

32. Ejercer la corrección fraterna con los demás cuando yerren por acción u omisión.

33. Contribuir al establecimiento de un orden social justo.

34. Cumplir en forma cabal todos los deberes respecto de la comunidad en que se vive.

35. Procurar dejar el mundo en mejor forma, al morir, que como uno lo halló al nacer.

36. Emplear la vida en el servicio de una gran causa: el bien del prójimo.

37. Honrar a Dios según el recto dictamen de la conciencia.

38. Defender con decisión una democracia a la que de continuo se la llene de valores del alma.

39. Apoyar lo que sea verdadero y bueno, no importa quién lo diga o lo haga; oponerse a lo que sea falso o malo, no importa quién lo diga o lo haga.

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